PREDIAL PEDRO ESCOBEDO · VERIFICADO 23 JULIO 2026
Pago Predial Pedro Escobedo 2026: En Línea (Querétaro)
Paga tu predial en línea · Querétaro
En Pedro Escobedo, Querétaro puedes pagar tu impuesto predial 2026 por internet desde el portal Recaudanet, sin acudir a la Tesorería.
Y merece la pena adelantarse: el municipio ofrece uno de los descuentos por pronto pago más altos de Querétaro, además de un beneficio especial para jubilados, pensionados y adultos mayores.
Datos clave del predial en Pedro Escobedo
| Municipio | Pedro Escobedo, Querétaro |
| Portal de pago en línea | recaudanet.gob.mx |
| Página del municipio | pedroescobedo.gob.mx |
| Descuento máximo | 18% pagando la anualidad en enero |
| WhatsApp de predial | (442) 118 5578 |
| Dirección de Ingresos | 442 628 7749 Ext. 2060 |
Cómo pagar el predial de Pedro Escobedo en línea
- Entra al portal recaudanet.gob.mx, en la sección de pago del impuesto predial.
- Captura los datos de tu predio que solicita el sistema.
- Revisa el importe y el descuento aplicado según el mes en que pagues.
- Realiza el pago en línea y descarga tu comprobante.
El municipio también difunde un código QR que lleva directo al portal de pago. Si tienes dudas con tu cuenta, puedes escribir por WhatsApp al (442) 118 5578.
Descuentos del predial en Pedro Escobedo 2026
El pago de la anualidad anticipada puede hacerse hasta el término del primer bimestre, con estas reducciones según la Ley de Ingresos 2026:
| Cuándo pagas la anualidad | Reducción |
|---|---|
| Durante enero | 18% sobre el total a pagar |
| Durante febrero | 8% sobre el total a pagar |
La diferencia entre pagar en enero o esperarse a febrero son 10 puntos porcentuales. Si vas a pagar el año completo, hacerlo en enero es la opción que más te ahorra.
Beneficio para jubilados, pensionados, tercera edad y discapacidad
Las personas pensionadas, jubiladas, de tercera edad y con discapacidad tienen un estímulo fiscal que depende del valor de su inmueble:
| Valor del inmueble | Estímulo fiscal |
|---|---|
| Hasta 2,500,000 MXN | Pagan 1.50 veces la UMA |
| De 2,500,001 MXN en adelante | 50% del impuesto predial determinado |
El beneficio se otorga conforme a los artículos 24 y 25 de la Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro, que fijan los requisitos aplicables.
Cómo refrendarlo si ya lo tuviste
Si el año pasado ya obtuviste el beneficio, no empiezas de cero: puedes refrendarlo presentando personalmente en la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal:
- Copia de tu identificación oficial vigente.
- Comprobante de domicilio que señale el domicilio del predio.
Un detalle poco conocido: el cónyuge de una persona pensionada, jubilada, de la tercera edad o con discapacidad fallecida también puede solicitar la reducción, incluso si la propiedad está en proceso judicial sucesorio.
Si arrastras adeudos de años anteriores
Quienes cumplen los supuestos de los artículos 24 y 25 y registran adeudos de ejercicios anteriores pueden solicitar a la autoridad fiscal un análisis individualizado, que valora la situación económica y de salud que motivó la falta de pago.
También existen beneficios para predios regularizados por programas como PROCEDE, CORETT/INSUS o la Ley para la Regulación de Asentamientos Humanos Irregulares del Estado de Querétaro.
Contacto de la Tesorería
Para dudas sobre tu cuenta, descuentos o requisitos, la Dirección de Ingresos atiende en el 442 628 7749 Ext. 2060, y el área de Impuesto Predial por WhatsApp al (442) 118 5578.
Preguntas frecuentes
Entra al portal recaudanet.gob.mx en la sección de impuesto predial, captura los datos de tu predio, revisa el importe con el descuento aplicado y realiza el pago en línea.
El municipio también difunde un código QR que lleva directo al portal.
Pagando la anualidad anticipada, la reducción es del 18% si pagas durante enero y del 8% si lo haces durante febrero. El pago anticipado puede realizarse hasta el término del primer bimestre.
Las personas pensionadas, jubiladas, de tercera edad y con discapacidad pagan según el valor de su inmueble: hasta 2,500,000 MXN pagan el equivalente a 1.50 veces la UMA, y de 2,500,001 MXN en adelante pagan el 50% del impuesto determinado.
Si ya obtuviste el beneficio el año anterior, puedes refrendarlo presentándote personalmente en la Secretaría de Finanzas y Tesorería Municipal con copia de tu identificación oficial vigente y un comprobante de domicilio del predio.
Sí.
El cónyuge de una persona pensionada, jubilada, de la tercera edad o con discapacidad fallecida puede solicitar la reducción, incluso si la propiedad está sujeta a proceso judicial sucesorio, cumpliendo los requisitos de los artículos 24 y 25 de la Ley de Hacienda.
Quienes cumplen los supuestos de los artículos 24 y 25 de la Ley de Hacienda pueden solicitar a la autoridad fiscal un análisis individualizado que considere la situación económica y de salud que provocó la omisión del pago.
La Dirección de Ingresos atiende en el 442 628 7749 extensión 2060, y el área de Impuesto Predial responde por WhatsApp en el (442) 118 5578.